La lentitud en la ejecución de las sentencias retiene el cobro de 11.000 millones de euros

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Problemas con las notificaciones, con la localización de bienes, insolvencias «sobrevenidas»… Ejecutar una sentencia cuya condena es una obligación de pago se convierte en muchas ocasiones en una empresa imposible. Tanto es así que un estudio de Sigma Dos para el Consejo General de los Procuradores concluye que solo una de cada cuatro sentencias se llega a ejecutar en tiempo y forma. Las otras tres o lo hacen con retraso o nunca llegan a hacerlo, con lo que eso implica para quien cree haber encontrado reparación en la justicia y se da de bruces con la burocracia de un sistema sumamente lento e ineficaz.

Lo cierto es que la ejecución de las sentencias traspasa el ámbito individual para impactar de

 lleno en la economía, porque como consecuencia de este maltrecho –cuando no imposible– peregrinaje hacia el cobro, cerca de once mil millones de euros (10.742.892.000) están paralizados. Por la ejecución de
ese 25 por ciento de sentencias condenatorias solo se han obtenido 3.657 millones de euros.

Impacto económico por la demora – ABC

Las cifras que sustentan este estudio, en el que se ha calculado una media de 10.000 euros por sentencia pendiente de ejecutar, llevan a los procuradores a pedir que se les homologue a sus colegas europeos, de forma que se les permita tener un papel protagonista en la fase de ejecución de la sentencia. En España participan en este proceso el tribunal (al que hay que solicitar esa ejecución, importe, intereses y costas), el juez (que será quien dicte un auto decretando la ejecución) y el letrado de la administración de justicia, que emite el decreto acordando las medidas que se han solicitado. La implicación de todas estas figuras jurídicas y el hecho de que el procurador tenga que solicitar cada uno de estos pasos hace que el procedimiento de ejecución se convierta en una carrera de obstáculos, sea lento y llegue a duplicar o triplicar el tiempo de ejecución. A modo de ejemplo, España empezó 2019 con 1.915.742 sentencias pendientes de ejecución y a lo largo de ese año se sumaron otras 484.329, según datos del Consejo General del Poder Judicial. De las resoluciones pendientes de cumplimiento, el 60 por ciento son sentencias de ejecución dineraria, aquéllas con las que el Código Civil se refiere a las que contemplan un pago.

Los procuradores –representantes del cliente ante los tribunales– creen que su intervención directa en el proceso de ejecución contribuiría a agilizar los trámites. No en vano representan los intereses de un particular. Nadie más interesado que su representado en que el cobro al que obliga la sentencia se lleve a cabo y se llegue hasta donde haya que llegar para destapar una posible estrategia de ocultación del dinero u otras argucias encaminadas a eludir el cumplimento del fallo.

Abogados que consiguen sentencias condenatorias para sus clientes están acostumbrados a ver las dificultades que entraña el cumplimiento efectivo de la condena por cuestiones tan aparentemente triviales como puede ser un cambio de domicilio –pero que vuelve a situar la ejecución en el punto de partida– o por el laberinto burocrático que supone la localización de los bienes del contrario.

A la cola de Europa

Lo cierto es que por unas u otras razones España se sitúa a la cola de Europa en el plazo de ejecución de la sentencia condenatoria, como muestran los datos de Sigma Dos, que ha estudiado el comportamiento de losdiez países europeos con figuras análogas a la del procurador español. Se trata de Luxemburgo, Países Bajos, Francia, Bélgica, Escocia, Grecia, Lituania, Hungría, Estonia, Portugal. En todos ellos, el procurador tiene funciones ejecutivas para dar cumplimiento a la sentencia, lo que incluye actuaciones como la notificación a los deudores, evaluación y decisión de las medidas a aplicar para garantizar el cobro de la deuda o acciones de cobro como embargos o subastas.

En España, el plazo de ejecución de una sentencia, es decir, el tiempo que transcurre desde que se dicta hasta que se cumple, oscila entre los seis meses y el año. Solo Grecia está detrás de nosotros, con un proceso que se puede alargar hasta los 15 m eses. En todos los demás casos, el tiempo es menor. En Hungría, por ejemplo, el plazo máximo de abono es de 8 días. Lo mismo sucede en Estonia y Lituania. En Escocia, Francia y Luxemburgo la ejecución se mueve en una horquilla de entre dos y seis meses, que es el caso del último de estos países.

La mayor o menor agilidad en la ejecución de las sentencias depende mucho de los medios digitales de los que se disponga para que el cumplimiento llegue a buen término en el menor tiempo posible. En este sentido se da la circunstancia de que los cuatro primeros países con menor plazo de ejecución (es decir, Hungría, Estonia, Lituania y Bélgica)son precisamente los que tienen una mayor implantación de medios telemáticos y digitales.

España sale perdiendo también en este ránking porque mientras que en nuestro país el procurador solo puede tener acceso a los registros (datos de los ejecutados, patrimonio del deudor…), sus homólogos europeos pueden comunicarse con entidades bancarias, notificar embargos de bienes (Bélgica, Países Bajos, Hungría o Estonia) o incluso realizar subastas electrónicas (Países Bajos, Hungría, Lituania, Estonia o Portugal, país en el que sus agentes judiciales disponen de una herramienta que les permite tramitar todos los pasos del procedimiento de ejecución).

Estonia y Bélgica, en cabeza

Los resultados están ahí. En un ránking de eficacia o porcentaje de éxito en la ejecución de la sentencia, Estonia y Bélgica se sitúan como los países con mejores resultados en el cobro, pues llegan a ejecutar hasta un 85 por ciento de las sentencias; le siguen, con cifras de en torno a un 60 por ciento Francia, Países Bajos, Luxemburgo y Lituania. Después Hungría, con un 35 por ciento, y en penúltimo lugar España, con un 25 por ciento. Cierra el ránking Grecia, que con un 10 por ciento de sentencias ejecutadas.

El estudio que presentó esta semana el presidente de los Procuradores de España, Juan Carlos Estévez, hace una proyección del flujo económico que se obtendría si el sistema español fuera igual de eficiente que en el resto de países de Europa. Solo con igualarnos a la tasa de éxito del país que nos precede, Hungría, se obtendría de la ejecución de sentencias un millon de euros más, ocho millones y medio si nuestro porcentaje de éxito en conseguir el cobro fuera igual que el de Estonia.